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Defiéndete con todas las de la ley

Marzo 10, 2009 · Dejar un comentario

Una vez que conoces tus derechos, es importante defenderlos en la instancia que te corresponde. Aquí unos consejos

En el post ¿Estás seguro de que eres freelance?, analicé el tipo de relación en la que puedes estar prestando tus servicios.
Posteriormente en Defiéndete conociendo tus derechos, comentamos las prerrogativas que le corresponden al trabajador y al profesionista independiente.
Lo cierto, es que para defenderte no basta con conocer tus derechos, también es necesario ubicar a las autoridades ante las cuales exigir lo tuyo.
Revisemos brevemente tus opciones:

Para los independientes

Si eres profesionista independiente y laboras bajo la modalidad de freelance:

  • habrá que estudiar el contrato que firmaste para la prestación de tus servicios (es altamente recomendable no establecer acuerdos verbales, porque derivan en malos entendidos y por ende, en abusos).

En el texto de tu contrato deben aparecer todas las condiciones que rigen la relación con tu cliente.
Si alguno de los contratantes no cumple con lo pactado (por ejemplo, falta de pago en el monto, lugar y/o fecha acordados), puedes demandarlo por incumplimiento de contrato.

  • es importante que el contrato contenga la llamada pena convencional. Se trata de una especie de sanción para el que deje de cumplir. Regularmente se fija en un porcentaje sobre el valor del negocio, es decir, sobre el total de los honorarios.
  • también puedes demandar por los daños y perjuicios que te cause el incumplimiento. Considera que el daño es el menoscabo en tu patrimonio (por ejemplo, lo que invertiste en la prestación de los servicios) y el perjuicio es el ingreso que dejaste de obtener.
  • estas acciones se hacen valer en los tribunales civiles y necesitarás un abogado que te represente.

Si no tienes recursos para pagarlo, te sugiero acudir a los bufetes jurídicos gratuitos que ofrecen las Facultades de Derecho de Universidades como la UNAM y la Panamericana.

Para los subordinados

Si te desempeñas como trabajador y tienes algún conflicto con tu patrón, revisa en la Ley Federal del Trabajo (artículo 132) y en tu contrato laboral (si lo tienes) las obligaciones que le corresponden a tu empleador. Si ubicas algún incumplimiento, puedes:

El trámite lo puedes hacer personalmente y no tienen ningún costo. También puedes hacerlo a través de un representante legal, pero te sugiero que te cerciores de que sea una persona ética y con experiencia en el ramo, pues es muy frecuente que los coyotes traten de ayudarte y terminen estafándote, o bien

  • intentar la conciliación con tu patrón ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo. Se trata de una autoridad laboral, entre cuyas facultades se encuentra precisamente proponer soluciones amistosas para dirimir las controversias entre patrones y trabajadores.

La solicitud de conciliación es gratuita, acudiendo a la oficina que te corresponda

¡Evita llegar a tribunales!

Seguramente, no en todos los casos, será necesario que llegues al proceso legal, antes considera:

Espero que con esta serie de posts, sea más sencillo defenderte.

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¿Estás seguro de que eres freelance?

Febrero 24, 2009 · Dejar un comentario

Si trabajas desde casa, sin horarios ni jefes, probablemente seas un profesional independiente.
Aunque la independencia tiene sus beneficios (como la libre administración de los recursos), lo cierto es que también tiene su costo. Por ejemplo, quien te contrate no está obligado a proporcionarte seguridad social, ni prestaciones de previsión social. Por ello, puedes carecer de servicios médicos, vales de despensa, fondo de ahorro y un larguísimo etcétera.

Conoce tu terreno de juego

Actualmente es muy común laborar bajo la modalidad de freelance. Esto significa que prestas tus servicios a diversos clientes, con los cuales no estableces una relación de trabajo, sino un vínculo civil.
No siempre es fácil ubicar la especie de profesional que eres. De hecho, existen muchos casos en los que la empresa entrega honorarios, tratando de disfrazar una evidente relación laboral.
Entonces ¿cómo saber qué relación te corresponde legalmente? Es sencillo, eres un trabajador si:

  • prestas tus servicios personalmente,
  • la persona que te contrató te da indicaciones de modo, tiempo y lugar para realizar tus actividades (por ejemplo: tienes un control de asistencia y/o puntualidad, estás obligado a utilizar recursos determinados y cumples con un horario), y
  • recibes el pago de un salario

Como podrás observar, no es relevante si tienes un contrato firmado. En esta materia, los hechos determinan el régimen que te corresponde.
Si ya sabes que eres un trabajador, tus derechos y obligaciones mínimos están contenidos en la Ley Federal del Trabajo. Todo lo que incluya tu contrato laboral es adicional, pero no puede ir contra la Ley.
En caso de ser un profesionista independiente, la primera recomendación es tener un contrato que te permita delimitar derechos y obligaciones con tus clientes. A tal efecto, puedes ocupar el formato de contrato de prestación de servicios profesionales que ofrecemos en salud empresarial. Además, aprovechando que estás en nuestro portal, te sugiero leer la nota Profesionista vs comisionista.
Si quieres conocer los principales derechos de profesionales independientes y trabajadores no te pierdas el próximo post de Sólo personal autorizado.

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